
Ciudadanía italiana: postura de Balian & Asociados frente al “Decreto Tajani” del 2025
En el estudio Balian & Asociados asumimos una postura clara: esta reforma es un retroceso, pero no es el final del camino. No trabajamos desde el miedo; trabajamos desde la estrategia, el derecho y la responsabilidad con cada familia.
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La reforma conocida mediáticamente como “Decreto Tajani” corresponde al Decreto-Ley 28 de marzo de 2025 n. 36, convertido con modificaciones en la Ley 23 de mayo de 2025 n. 74, que introdujo el art. 3-bis en la Ley 91/1992 y alteró las condiciones para el reconocimiento de la ciudadanía por descendencia (iure sanguinis).
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1) Una reforma discutible, una respuesta técnica
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Consideramos que el giro normativo afecta de manera severa a descendientes de italianos —en especial de tercera y cuarta generación— y tensiona principios que deberían sostener cualquier sistema jurídico serio: igualdad, razonabilidad y protección de la confianza legítima.
Pero nuestra posición no es solo crítica: es operativa. Frente a un cambio de reglas, la respuesta profesional es una: leer el caso, fijar la vía, y blindar pruebas y plazos.
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2) El 11 de marzo de 2026: la Corte Constitucional entra en escena
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El 11 de marzo de 2026 está fijado el tratamiento (data fissazione) de la Ordinanza 167/2025 ante la Corte Costituzionale, que aborda la cuestión de legitimidad del art. 3-bis y, en particular, su aplicabilidad a nacidos en el exterior también antes de su entrada en vigor.
Ante esto decimos lo obvio: nadie puede anticipar un fallo. Pero también decimos lo importante: somos optimistas.
Nuestro optimismo no es ingenuo: se apoya en un principio jurídico de fondo que guía históricamente el iure sanguinis. La ciudadanía por descendencia no se “pide” como un beneficio nuevo: se nace con ella cuando se verifican los presupuestos de la línea, y lo que se tramita —administrativa o judicialmente— es su acreditación.
Por eso, las sentencias en materia de ciudadanía no “conceden” un derecho nuevo: reconocen un status preexistente. No crean a un ciudadano italiano donde antes no lo había; declaran una condición jurídica que ya existía y que simplemente requiere ser formalmente reconocida para desplegar todos sus efectos.
En esa lógica, resulta particularmente problemático que una reforma pretenda eliminar retroactivamente un estatus que se entiende originario. Confiamos en la función institucional de la Corte y en la conciencia jurídica de los jueces italianos: su deber no es solo aplicar la ley, sino hacerlo dentro de los límites de la Constitución, resguardando los principios de razonabilidad, igualdad y tutela de la confianza legítima.
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3) Sin derrotismo: acompañamiento y acción
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En el Estudio Balian & Asociados seguimos representando y asistiendo a quienes:
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iniciaron procedimientos bajo el régimen anterior (y necesitan sostener su encuadre),
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se ven afectados por la nueva normativa,
Cada expediente no es un número: es una historia familiar y un proyecto de vida. Y precisamente por eso, nuestra respuesta es firme: acompañamos con rigor, sin prometer milagros y sin vender pesimismo.
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4) Compromiso institucional
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Nos mantenemos en la primera línea de esta discusión, promoviendo un trabajo jurídico serio, documentado y coherente, y listos para sostener las acciones necesarias en las sedes correspondientes.
Esperamos el 11/03/2026 con prudencia, pero también con convicción: en un Estado de derecho, cuando una ley se aleja de los principios constitucionales, existen mecanismos para corregirla. Y nosotros vamos a estar donde corresponde: defendiendo derechos, con estrategia y con constancia.
