Ciudadanía italiana iure sanguinis: qué analiza la Corte Constitucional sobre el “corte” 27/03/2025 y cuándo habrá decisión
- Eduardo Martin Balian
- 17 feb
- 2 Min. de lectura
Hay un caso ya calendarizado: Torino llega a audiencia pública el 11/03/2026. Te explico qué se discute exactamente y qué plazos reales existen para el fallo.
¿Qué está discutiendo exactamente la Corte Constitucional?
Lo que hoy está “en juicio” ante la Corte no es una idea general, sino la constitucionalidad del art. 3-bis de la Ley 91/1992, introducido por la reforma de 2025 (D.L. 36/2025 convertido en Ley 74/2025).
En lenguaje simple, ese artículo:
bloquea/limita el reconocimiento por descendencia para ciertos descendientes nacidos en el extranjero que tienen otra ciudadanía, y
contiene un punto explosivo: una fórmula con efecto retroactivo, porque en algunos supuestos llega a considerar que la persona “no habría adquirido nunca” la ciudadanía italiana.
Los tribunales que remitieron la cuestión (por ahora, al menos Torino y Mantova) le están pidiendo a la Corte que evalúe si ese mecanismo —y especialmente su retroactividad y su “corte” temporal— choca con principios constitucionales como igualdad/razonabilidad, tutela del status, y confianza legítima.
¿Cuándo decide la Corte?
Acá conviene ser muy preciso:
Sí hay fecha de audiencia pública en el caso más avanzado: 11 de marzo de 2026 (Torino).
No hay una “fecha fija” de sentencia anunciada de antemano. La Corte normalmente decide después de la audiencia y publica la decisión cuando está lista (pueden ser semanas o meses; varía según el caso). Yo no puedo darte un día exacto porque no está predeterminado en la ficha pública.
Un dato que muestra que el expediente está activo: existe incluso un decreto del Presidente de la Corte que menciona expresamente que el juicio está fijado para la audiencia del 11/03/2026 y que se admitieron “opinioni scritte” (amicus).
¿Por qué esta audiencia importa tanto?
Porque pone el tema en fase decisiva: la Corte escuchará argumentos y luego podrá:
confirmar la norma (total o parcialmente),
declararla inconstitucional (total o en parte, por ejemplo recortando retroactividad/corte), o
cerrar por motivos procesales (inadmisibilidad) sin resolver el fondo.

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